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DIPUTADOS, RECHAZO A ERCOLINI

La duda en torno de la salud del miembro de la Corte Suprema, Carlos Fayt, motivó un procedimiento de rigor en la comisión de Juicio Político de la Cámara de Diputados de la Nación, lo que generó la pretensión del juez federal Julián Ercolini de detenerlo, en una intromisión que recibió el categórico rechazo del presidente del cuerpo. Pudo haberlo hecho en forma oficial  por escrito. pero eligió una forma más franca y pública (1).

Por Julián Domínguez

Como presidente de este cuerpo, quiero decir que el 29 de mayo de 2015, el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional Federal N° 10 – a cargo del doctor Julián Ercolini- libró un oficio en la causa 4.869, caratulada “Fernández Sagasti, Anabel sobre abuso de autoridad”. En ella solicita que por intermedio de la comisión de Juicio Político de esta Cámara se le remita fotocopia certificada de los antecedentes allí obrantes respecto del proceso investigativo iniciado sobre la salud psicofísica del doctor Carlos Fayt.

Sobre el particular, quiero hacer algunas consideraciones.

En primer término, resulta muy difícil que un juez se anime a citar para prestar declaración indagatoria a un integrante de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que es el máximo tribunal.

Parece poco viable que eso suceda. En todo caso, podría serlo en otro espacio normativo o institucional en que dicho obrar, donde hay un claro mal desempeño, puede y debe ser investigado: la Cámara de Diputados de la Nación a través del procedimiento de juicio político.

Como presidente de este cuerpo, entiendo que tal requerimiento comporta una inadmisible intromisión en las incumbencias que la Constitución le otorga en su artículo 53, donde se establece claramente que tal procedimiento está exclusivamente en cabeza de la Cámara de Diputados de la Nación.

Los actos preparatorios en el ejercicio de las potestades que la Constitución Nacional confiere al Poder Legislativo no están sujetos a control alguno, pues de lo contrario implicaría que los jueces son sustituidos en el criterio de los legisladores, quebrándose así el principio basal del sistema y la doctrina del Estado de derecho en el que se funda la división de poderes.

Esta intromisión es más criticable aun cuando forma parte de una ofensiva identificada como la judicialización de la política y que lleva a que el Poder Judicial, que es un poder contramayoritario y vitalicio, ajeno a los principios de representatividad popular y función republicana, intente apropiarse de las potestades que la Constitución Nacional pone en cabeza del Poder Legislativo, el que cuenta con el aval del voto popular, que es la expresión del principio de la soberanía del pueblo de la Nación.

La situación se agrava mucho más aún si se tiene presente que este no es un obrar aislado, sino que profundiza el proceso de conversión del Poder Judicial de la Nación en legislador de última instancia.

El Poder Judicial se está convirtiendo en legislador de última instancia, proceso en el que necesariamente debe hacerse referencia a los obstáculos que presentamos hoy, por ejemplo, para la aplicación de la ley de medios de comunicación audiovisual, para que ésta adquiera plena vigencia y efectividad; proceso que también desvertebró la propuesta de reforma y democratización del Poder Judicial.

A ello deben sumarse también las decisiones judiciales que han intentado impedir el avance de causas judiciales en las cuales se encuentran enjuiciados los responsables del poder económico y comunicacional -caso Papel Prensa-, generando un círculo de impunidad al respecto.

También quiero hacer referencia a la judicialización del voto que esta Cámara tuvo sobre el Código Civil y Comercial de la Nación.

Un maestro del Derecho, que a la Unión Cívica Radical le es muy cercano, como es el doctor Luis Boffi Boggero, dijo: “Cuando un poder del gobierno federal deja de ejercer las potestades que la Constitución le confiere, esas potestades son inmediatamente apropiadas por quien carece de ellas, con lo que la Constitución Nacional deja de regir en la misma medida”.

A pesar de que las apreciaciones hasta aquí realizadas ya son suficientes para fundar la cuestión de privilegio, quiero como presidente de esta Cámara, en cumplimiento de las atribuciones que me confiere el Reglamento de este cuerpo, denunciar una práctica cada vez más repetida, que no tiene más fin que condicionar a los representantes del pueblo de la Nación.

Llegamos a la política con el convencimiento de que es la mejor herramienta para transformar la vida de los argentinos. No aceptamos que se judicialice la política por aquellos que lo que no consiguen por el voto lo buscan a través de jueces afectos a decisiones contramayoritarias. (Aplausos.)

A través de esta cuestión de privilegio quiero dejar bien en claro que no ponemos en duda la facultad que también por imperio constitucional le cabe a los señores jueces.

Somos respetuosos de la Constitución y de la independencia de poderes. Es el adecuado ejercicio de nuestras funciones la mejor manera de honrar las instituciones.

Pero con la misma firmeza con que respetamos las atribuciones del resto de los poderes, defenderemos, con la Constitución en la mano y el respaldo popular que nos confieren las urnas, el accionar y el buen obrar no sólo de cada una de las comisiones de este cuerpo, sino el de la Cámara en su conjunto.

Por estas consideraciones es que solicito que la comisión de Asuntos Constitucionales se expida sobre la cuestión de privilegio aquí planteada, para hacer saber al señor juez oficiante que los actos preparatorios producidos en el marco del facultamiento constitucional del artículo 53 no configuran materia justiciable, ni las potestades del Congreso de la Nación pueden ser apropiadas por ningún otro poder del gobierno federal; ello, en resguardo del Estado de derecho y de la división de poderes en la Argentina. (Aplausos)

(1) El Dr. Domínguez dejó el estrado y ocupó una banca para realizar este claro planteo contra una acción del juez Julián Ercolini, concebida con más audacia que ignorancia. Una operación semejante transcurría al mismo tiempo en el Senado para detener, paradojalmente,  la aprobación del pliego de un magistrado del fuero federal.